Condición del individuo como miembro de una comunidad política a la que está jurídicamente vinculado por el mero hecho de la pertenencia.
Frente a La supuesta universalidad de los derechos fundamentales, la ciudadanía da acceso al disfrute de los derechos políticos y económicos reconocidos por la colectividad estatal a la que se adscribe el ciudadano. Recíprocamente, no obstante, la relación entre ciudadano y Estado también implica que el primero debe cumplir con una serie de deberes morales hacia la comunidad. Esas obligaciones se concretan, según sea la concepción conservadora, liberal o socialista, subrayando respectivamente la defensa de la patria, el civismo individual o la solidaridad redistributiva.
A pesar de que, al menos en el ámbito de la Unión Europea, existe una potencial extensión supranacional de los contenidos de la ciudadanía, lo cierto es que este concepto se solapa normalmente con el de nacionalidad. No fue así en su origen clásico, cuando apareció vinculada a otros espacios como la ciudad griega o el Imperio romano y, a la vez, limitada a ciertos habitantes. En el primer caso, frente a la gran masa de esclavos que poblaban la polis, el ciudadano era el único individuo capacitado para desarrollar una actividad política gracias a su condición familiar o económica.